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indemnización

Hospital y médico deberán pagar medio millón de reales por negligencia en la Sierra Catarinense

Además, ambos deberán pagar manutención mensual al hijo y pareja de la víctima.

• Actualizado

carolina sott

por carolina sott

Foto: Divulgación/Pixabay
Foto: Divulgación/Pixabay

La familia de un paciente fallecido en la Sierra Catarinense por negligencia en la atención de urgencia recibirá R$ 505 mil como indemnización, más intereses y corrección monetaria. El pago debe ser realizado conjuntamente por el hospital y el médico. Además, ambos deberán pagar manutención mensual al hijo y pareja de la víctima.

El hombre, que trabajaba como auxiliar de servicios generales, sufrió un accidente de moto y fue trasladado al hospital. Los registros indican que el paciente fue diagnosticado por el médico de turno con traumatismo abdominal y fractura de rodilla. Tres horas después de que el hombre fuera dado de alta, regresó a su casa y, durante la noche, sintió un fuerte dolor en el abdomen.

Al día siguiente, regresó al hospital, se sometió a más pruebas y le diagnosticaron daño hepático y sangrado activo en la cavidad abdominal. Al empeorar su salud, fue sometido a una cirugía de emergencia. El hombre murió días después. En conclusión de expertos, la decisión es que, debido a la gravedad del traumatismo, incluso si la atención médica hospitalaria se hubiera brindado con prontitud, el paciente no debería haber sido dado de alta horas después de su primera atención.

“El error de diagnóstico y la superficialidad de la investigación de los síntomas del paciente constituyen, por tanto, una actitud manifiestamente negligente por parte del médico y, en esa medida, caracterizan la infracción civil y el consiguiente deber de reparar los daños causados”, observa el magistrado sentenciador.

La indemnización fue concedida en R$ 100 para el hijo de la paciente; R$ 80 para la esposa; 75 reales para la madre y 250 reales repartidos entre los tres hermanos. El médico y el hospital deberán pagar una pensión equivalente a dos tercios de la remuneración que el hombre recibía por su hijo, hasta que cumpla 25 años, y una cantidad igual a su pareja, desde la fecha del accidente hasta el día en que falleció el paciente. cumple 76 años.

El juez reconoció la posibilidad de deducir cualquier pago realizado a los autores en concepto de seguro DPVAT. La decisión está sujeta a apelación ante el Tribunal de Justicia de Santa Catarina.

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