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Bolsonaro sanciona ley que amplía alcance de crédito otorgado a jubilados

El límite aumentado estará vigente hasta el 31 de diciembre de este año.

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Imagen ilustrativa | Foto: Cristiano Estrela/Secom
Imagen ilustrativa | Foto: Cristiano Estrela/Secom

El presidente Jair Bolsonaro sancionó la Ley 14.131/2021, que aumenta del 35% al ​​40% el margen de crédito otorgado a jubilados y pensionados del Instituto Nacional de Seguridad Social (INSS) durante la pandemia de covid-19. La ley se publica en el Diario Oficial de la Unión (DOU) este miércoles (31).

El límite aumentado será válido hasta el 31 de diciembre de este año. Del total, se debe reservar el 35% para créditos de nómina y el 5% para reducir la factura de la tarjeta o para retirar de la tarjeta de crédito. La ley sancionada es fruto de la aprobación de un proyecto de conversión de una medida provisional publicado el año pasado. Antes del MP, el límite era del 35%, del cual 30% para créditos con descuento de nómina y 5% para tarjetas de crédito.

La ley también establece que, cuando no existan leyes locales específicas que definan un porcentaje mayor, el margen del 40% también se aplicará al personal militar de las Fuerzas Armadas, al personal militar de los Estados y del Distrito Federal, al personal militar en inactividad remunerada, servidores públicos de cualquier entidad de la Federación, servidores públicos inactivos, empleados públicos de la administración directa, autónoma y fundacional de cualquier entidad de la Federación y servidores públicos y militares pensionados.

La norma también abre la posibilidad de suspensión o período de gracia para todas las operaciones de crédito de nómina -tanto las ya firmadas como las futuras- por 120 días. Sin embargo, durante este período, los intereses y cargos continúan acumulándose.

“Se podrá otorgar un período de gracia, hasta por 120 (ciento veinte) días, para las nuevas operaciones de crédito deducibles de nómina, así como para aquellas que se hayan firmado antes de la entrada en vigor de esta Ley, manteniendo, en En todo caso, la incidencia, durante el período de gracia, de los intereses y demás cargos contratados”, dice el texto.

Prestación de incapacidad temporal

Por ley, el INSS también está autorizado -hasta el 31 de diciembre de 2021- a conceder ayudas por incapacidad temporal “previa presentación por parte del solicitante de un certificado médico y documentos adicionales que acrediten la enfermedad que figura en el certificado como causa de la incapacidad”.

Los requisitos para la presentación y análisis del certificado médico se establecerán en acto conjunto de la Secretaría Especial de Seguridad Social y Trabajo del Ministerio de Economía y del INSS.

La ley destaca que la autorización de un certificado médico y documentos adicionales para liberar la prestación se adoptará “con carácter excepcional” y “la duración de la prestación por incapacidad temporal resultante de la misma no excederá los 90 días”. Según la legislación actual, la prestación sólo puede obtenerse después de que se confirme la incapacidad mediante un examen médico.


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