Conductor recibe R$ 131 millones por error, los devuelve y pide indemnización; entender
Además del 10% del valor devuelto, el conductor pide R$ 150 mil por daño moral
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Un conductor fue noticia hace casi dos años después de recibir por error más de R$ 131 millones. Antônio Pereira do Nascimento, de 59 años, informó en ese momento el error al banco y devolvió el valor. Ahora, el conductor ha presentado una demanda para recibir el 10% del importe como "premio" por haber devuelto el importe y una indemnización por las molestias ocasionadas.
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En la demanda, Antônio alega que, además de toda la exposición mediática, incluso internacional, fue víctima de presión psicológica por parte del gerente del banco, sufriendo sufrimiento emocional, vergüenza, además de haber tenido que cambiar la cuota mensual de la cuenta, unilateralmente, debido al alto valor repentino, lo que cambió la categoría de la cuenta a "Seleccione". La informacion es Metrópolis.
El conductor afirma: “Inicialmente, al ser informado del error, el autor quedó sumamente asustado y preocupado por las posibles consecuencias de apropiarse involuntariamente de una cantidad tan elevada. Cuando informó al banco demandado sobre lo sucedido, fue presionado, amenazado y coaccionado para que devolviera el dinero inmediatamente, siendo tratado como un delincuente en ese momento”..
El valor depositado en la cuenta de Antônio, en junio de 2023, fue exactamente R$ 131.870.227. Si el conductor gana el proceso, serán más de R$ 13,1 millones, lo que equivale al 10% del valor total descubierto y R$ 150 mil por daño moral.
¿Cómo se produjo este fallo?
En junio de 2023, Antônio vendió una propiedad y recibió el producto de la venta en una cuenta bancaria personal. Después de eso, fue al banco para transferir el importe a una segunda cuenta personal, en otro banco. La operación se realizó en caja registradora y el conductor salió con el comprobante de la transferencia.
Cuando llegó a casa y accedió a la aplicación del banco para consultar su saldo y confirmar la transacción financiera, Antônio se percató del valor exorbitante, completamente alejado de su realidad.
En el primer contacto, Antônio habló con el gerente del segundo banco para confirmar si el valor que figuraba en el saldo era realmente el de los 'millones de reales', y luego informó el error ocurrido.
Con los bancos cerrados, el conductor prometió devolver el importe al día siguiente. En la demanda, Antônio afirma que, en ese momento, se convirtió en blanco de presiones psicológicas por parte del gerente del banco que cometió el error. Supuestamente lo amenazó diciendo que había gente en la puerta de la casa del autónomo, esperando que le devolviera el dinero.
Temeroso y a pesar del tiempo, Antônio insistió y consiguió, junto con el gerente del segundo banco, que el valor le fuera devuelto el mismo día. Afirma ser cliente del banco que cometió el error hace más de 25 años y que siempre ha realizado transferencias o transacciones en el “caja registradora”, sin que se produzcan fallos de este tipo.
“Es importante resaltar que el banco demandado no pudo retener los montos por sus propios medios, ya que la transferencia errónea se realizó a una cuenta en otro banco. La devolución sólo podrá obtenerse mediante medidas judiciales o administrativas ante el Banco Central”, expone la defensa.
“Este episodio causó un trauma considerable, ya que el autor, una persona sencilla, religiosa y reacia a la exposición pública, comenzó a temer por su seguridad y la de su familia”, complementos.
¿Que dice la ley?
Este tipo de situaciones se abordan en Código Civil Brasileño en el artículo 1.233, conocido como “de descubrimiento” y que establece reglas y derechos cuando alguien encuentra algo que pertenece a otra persona, sin conocimiento de quién lo tiene. El dispositivo determina que, si una persona encuentra algo de dueño desconocido, deberá devolverlo o entregarlo a la autoridad competente para las medidas legales correspondientes.
El artículo siguiente, 1.234, establece que quien devuelva la cosa encontrada, de conformidad con la ley, tiene derecho a una recompensa, que no deberá ser inferior al 5% del valor, y “compensación por los gastos incurridos en la conservación y transporte del bien” encontró.
*Con información del Portal Metrópoles.
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